A lo largo de las últimas semanas he recibido comentarios sobre lo poco que se comprende tecnología Blockchain. Es cierto, los términos nodos, bloques o minar son farragosos. Yo no la comprendo, tengo alguna noción de cómo funciona y con eso me vale. Exactamente igual que entiendo poco del protocolo TCP-IP que supuso una primera revolución, o qué proceso sigue la «banca online» para efectuar una transferencia y, sin embargo, confío ciegamente en esa tecnología. Con Blockchain, creo, pasará algo parecido, se incorporará sin que nos demos cuenta de que la estamos usando.
Lo que sí representa un cambio importante es la ausencia de «validador». En Blockchain todos somos mayores y nos sometemos al protocolo (consenso) que se haya establecido previamente sin necesidad de que nadie lo valide. De este modo, el smart contract en Blockchain se ejecuta no porque el «intermediario» lo autorice sino porque ya está programado y sentadas las bases de la ejecución del contrato, a partir de la aceptación (envío del token) es sólo cuestión de ver si se dan las condiciones para la ejecución o no.
Entre los proyectos basados en Blockchain Aragon es proyecto muy ambicioso, liderado por Luis Cuende y Jorge Izquierdo persigue una base muy auto-organizativa que prescinda del territorio y los validadores. En síntesis, pretende ser un ecosistema donde las organizaciones (de todo tipo) puedan efectuar transacciones sin problemas técnicos o partes que engañen. Aragon captó 25 millones de dólares en sólo 15 minutos a través de una ICO, de hecho, devolvieron dinero a partir de ésa cifra con lo que no sabemos hasta dónde hubieran llegado. Pues bien, además de ser un proyecto en el que se han fijado popes como Thiel, en lo que aquí me interesa, se trata de un ecosistema que tendrá su propia «jurisdicción digital«. Es lo que más me llamó la atención. Esta jurisdicción no persigue hacer desaparecer a los humanos sino establecer un sistema más sencillo, democrático (en términos exclusivamente digitales, lo que equivale a voto), y que genere incentivos a todos los participantes. Esto, lamentablemente, en el proceso tradicional de resolución de conflictos no se da.
Los creadores de ARAGON son conscientes de que los smart contracts simplifican muchas transacciones evitando posibles engaños porque todo está previsto ex ante (al margen de los errores de programación). Sin embargo, coherentes con su idea de generar un espacio donde se pueda operar integralmente y como señalan en su whitepaper, no todo contrato / acuerdo puede trasladarse a código de modo que pueden surgir situaciones que generen disputas. Para afrontarlas proponen los siguientes puntos de partida:
- Crear un sistema de arbitraje para cualquier disputa
- Permitir a los titulares de los tokens (hay unos 28 millones de Tokens: ANT) que voten determinadas reglas básicas de funcionamiento que los árbitros deben seguir.
- Establecer, en circunstancias muy concretas, la posibilidad de congelar la ejecución de un contrato que sea erróneo.
Lo que se propone es que los participantes en la red (montan sobre Ethereum) puedan ceder el control de sus contratos, mediante otro smart contract, a esta jurisdicción digital. De este modo, mediante la resolución del conflicto, que será otro smart contract, se puede «neutralizar» el resultado incorrecto de una transacción anterior. Esto, hasta ahora, no lo visto en ningún sitio.
En esta jurisdicción digital los jueces son aquellos que específicamente quieren serlo y que, además, depositan una fianza para poder participar como jueces en la red. Cuando surge un conflicto, el demandante, si quiere abrir un proceso de arbitraje, tiene que depositar una fianza mediante el envío de Tokens a un smart contract que luego los distribuirá en función del resultado. Si gana se le devuelve la fianza (más la solución que se adopte) si pierde, su fianza se distribuye entre la red y los jueces. Hay 5 jueces.
Para la toma de decisiones se usa un sistema de dos pasos. En primer lugar, los jueces reciben la información de las partes encriptada a través de la red; posteriormente, revisado el asunto efectúan una «apuesta secreta» de veredicto (poniendo en riesgo sus tokens). Cada juez toma una decisión y genera un número privado (hash) en la Blockchain de la que queda perfecta trazabilidad, no del contenido pero sí de que se ha adoptado una decisión. Finalizado el plazo, los jueces hacen pública su decisión (introduciendo la clave privada de la decisión que ya tomaron de modo que se hace pública). Si hay fugas del secreto en la votación (antes) o remisión a otro juez (a modo de colusión) el infractor es severamente penalizado perdiendo la fianza que depositó para ser juez. Las decisiones se toman por mayoría. Los jueces que resuelven en el mismo sentido que la mayoría ganan un token no transmisible de reputación, además del token de remuneración, los que decidieron en contra de la mayoría son sancionados (pérdida parcial de la fianza, etc.)
Si el «demandante» no está de acuerdo puede «apelar» depositando una mayor fianza, significativamente mayor, el proceso es el mismo. Si la decisión es contraria a la inicial los primeros jueces son penalizados. Se puede efectuar una última revisión en la «Supreme Court» donde hay 9 jueces elegidos por los titulares de los tokens de la red Aragon (ANT). Esto, si el token está adecuadamente distribuido, democratiza el sistema. El proceso, de nuevo, es el mismo: «apuesta de veredicto», recompensa para la mayoría y los que no votan como la mayoría son penalizados.
Los incentivos funcionan del siguiente modo:
- Como se da la tendencia inicial a que los jueces desestimen el asunto para repartir entre sí la fianza, según Aragon, se genera el incentivo de que sólo los casos claros se llevan a arbitraje.
- Los jueces saben que si toman decisiones erróneas en su propio interés y el asunto es estimado en segunda instancia (o por la mayoría) sus fianzas / tokens serán eliminados y no recibirán tokens de reputación.
- Los jueces no pueden revelar su previa decisión porque al haber trazabilidad se puede conocer el uso / envío de claves privadas que les hacen perder sus tokens.
- Se persigue que el sistema sea completamente accesorio y pretende reducir al máximo la litigiosidad. De hecho, persigue que se adopten medidas de protección previas más que resolver conflictos a posteriori,.
El sistema es original y, a mi modo de ver, no plantea problemas de enforcement por dos motivos:
- La propia red de smart contracts hará que el fallo sea directamente ejecutado en la red con lo que la jurisdicción externa podría ser irrelevante. Ya se ha obtenido satisfacción dentro del propio ecosistema.
- Con los arts. 5, 9 y 37 de la Ley de Arbitraje el entorno digital no plantea mayor inconvenientes. Si de origen se dejó clara la voluntad de las partes y el procedimiento a seguir se podría solicitar la ejecución de la resolución fuera de la red, siempre que se respetase la forma del laudo.
En fin, que si han levantado 25 millones en 15 minutos, y se han fijado en ellos personas muy influyentes, habría que prestarles atención no sea que acabemos usando esa red y no sepamos como funciona Blockchain.
Pingback: Bitcoin y resto del mundo | Mario Palomar – abogado